El decálogo para divorciarse
El decálogo para divorciarse

El decálogo para divorciarse

A continuación, te presentamos el decálogo básico de los requisitos, pautas y aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de divorciarse:

1. TRES MESES DE MATRIMONIO: haber estado casado por lo menos tres meses. Salvo que se acredite riesgo para la vida, integridad física, libertad, integridad moral, libertad o indemnidad sexual para un cónyuge o los hijos pues, en estos casos, no es necesario cumplir el periodo anterior.

2. UN CÓNYUGE RESIDE EN ESPAÑA: uno de los cónyuges debe vivir en España habitualmente. En el caso de ciudadanos extranjeros residentes, igualmente pueden divorciarse en España, siempre teniendo en cuenta las particulares de los estados de origen en donde deberán surtir efecto a la par dichas sentencias.

3. DECISIÓN DE UN CÓNYUGE DE DIVORCIARSE: sólo es necesario que uno de los cónyuges quiera divorciarse para iniciar los trámites, esto es, la oposición del otro no detiene ni obstaculiza el proceso. Además, no es requisito alegar el motivo o causa por el que el contrayente ha decidido dar este paso.

4. ASISTENCIA LETRADA: es necesaria la asistencia letrada tanto en los casos en que se acuda a la notaría como cuando la demanda se presente ante el Juzgado.

5. DOCUMENTACIÓN A APORTAR:  certificado de matrimonio; certificado de nacimiento de los hijos y certificado de empadronamiento. Dependiendo del caso concreto, serán necesarios, nóminas, declaraciones de la renta; gastos de los hijos; escrituras de propiedad de los inmuebles de los cónyuges; saldos de las cuentas bancarias.

6. DOS PROCEDIMIENTOS: existen dos vías para disolver el matrimonio, esto es; a través de la notaría y acudiendo a la vía judicial.

7. NOTARÍA: sólo se podrá acudir a esta vía en los supuestos de mutuo acuerdo y siempre que no existan hijos menores. Las partes de mutuo acuerdo y a través del letrado confeccionaran el convenio regulador que será presentado ante el Notario, quien formaliza la escritura notarial de divorcio.

8. VÍA JUDICIAL: podemos encontrarnos ante dos situaciones, esto es, el divorcio de común acuerdo y el divorcio contencioso.

 Por una parte, para el divorcio de mutuo acuerdo se presenta la correspondiente demanda acompañada del convenio regulador que haya redactado el abogado y en él constarán las firmas de los cónyuges. Se abrirá plazo para que se otorguen poderes de representación al procurador y para que ambos cónyuges ratifiquen el convenio. Después, el juez revisará el contenido del convenio para comprobar que su contenido es acorde a derecho y dictará la correspondiente sentencia.

Por otra parte, para el divorcio contencioso, la demanda será presentada únicamente por una de las partes. El Juzgado emplazara a la parte demandada por plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación para que conteste a la demanda. A continuación, citara a las partes para la celebración de juicio, en el, las partes deben ratificarse en sus pretensiones y se practicará la prueba. Finalmente, el Juez dictará sentencia decretando el divorcio y establecerá las medidas adecuadas sobre los aspectos económicos y personales que regirán después del divorcio.

De oficio, el juez librará un mandamiento al Registro Civil para que registren la disolución del matrimonio por sentencia de divorcio.

9. CONVENIO REGULADOR: constará la disolución del matrimonio; liquidación del régimen económico, contribución a las cargas del matrimonio. En cuanto a los menores, el ejercicio de la patria potestad, el régimen de guarda y custodia, régimen de visitas, si fuera necesario, el régimen de visitas de los nietos con sus abuelos, atribución del uso de la vivienda y ajuar habitual, pensión de alimentos y en su caso la pensión compensatoria.

10. PENSIÓN COMPENSATORIA: el derecho a la compensación tan sólo surge cuando se produce un desequilibrio económico para uno de los cónyuges en relación con la posición del otro y supone un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio (art. 97 CC). El caso más típico ocurre cuando uno de los cónyuges ha renunciado a trabajar fuera de casa para centrarse en los cuidados de la familia y, una vez se produce el divorcio, tiene dificultades para encontrar trabajo de nuevo, no pudiendo lograr una independencia económica, que cubra un importe mínimo vital para lograr la subsistencia, una vez disuelta la relación conyugal.