En estos tiempos del libre acceso a la información y la libertad de expresión, donde los opinadores venidos a más campan a sus anchas por todos los rincones virtuales y emiten juicios paralelos sobre asuntos mediáticos, nos encontramos con el problema de la condena social. La valoración social que realizan, sobre qué ha ocurrido y, especialmente, acerca de la culpabilidad de la persona involucrada, trae consigo el señalamiento público y esto ocurre cuando el clamor popular etiqueta como culpable al supuesto victimario con independencia del sentido de la resolución judicial emitida al respecto.
Dicho de otro modo, la condena social surge tras una acusación y juicio sin pruebas que se puede convertir en un arma peligrosa de linchamiento mediático, de desprestigio y que, posiblemente, lo acompañe toda su vida.
¿somos conscientes del impacto que podemos generar en el señalado?
Las opiniones de criminalización social repercuten en tres dimensiones de la vida del afectado.
– En primer lugar, en cuanto a la dimensión personal del afectado, puede generarle sensaciones de intranquilidad y temor en su persona, debido a que, es posible que reciba muestras de rechazo de cualquier persona con la que se cruce y reciba manifestaciones de odio por parte de los usuarios de las redes sociales. Sin olvidar que, en ciertos momentos, esos reproches pueden llegar a convertirse en agresiones físicas. Del mismo modo, estas consecuencias también pueden recaer ya no sólo sobre él mismo sino sobre su círculo más cercano como su familia o sus allegados.
– En segundo lugar, cabe la posibilidad de que los ciudadanos ejerzan presión –sobre todo si es un caso muy mediático- sobre las instituciones para que se juzgue y dictamine en el mismo sentido que lo han hecho ellos previamente, aunque lo hayan decidido sin ningún tipo de garantías legales y ciñéndose, tan sólo, a determinadas informaciones ya sean ajustadas o no a los hechos enjuiciados.
– En tercer lugar, en relación con la esfera social, la viralización del señalamiento público y su más que probable suma de apoyos puede provocar la exclusión social del “culpable” a la hora de realizar cualquier actividad normal del día a día como, por ejemplo, tener un trabajo. De hecho, conviene tener presente que, pese a que se absuelva por el órgano judicial por los delitos que previamente ya le ha condenado la sociedad, esta condena social no tiene por qué extinguirse en el tiempo y se traducirá en un problema de perpetuidad, esto es, será culpable para toda su vida y, de ello, siempre quedará constancia en Internet.
¡Prudencia y Diligencia!
De acuerdo con estas precisiones, sería recomendable mantener una postura de prudencia y diligencia en los casos de enjuiciamiento mediático debido principalmente a dos motivos. Por un lado, siempre existe la posibilidad de que el “condenado” por la sociedad no sea declarado culpable por el órgano jurisdiccional competente y, por otro lado, y en relación con el anterior punto, las consecuencias negativas en las esferas individual y social del afectado lo pueden acompañar por el resto de su vida pues, posiblemente, el veredicto social siga circulando por la realidad virtual libremente y, por consiguiente, todo el mundo tenga acceso a él en cualquier momento. En definitiva, existe un riesgo real de que se constituya en una víctima de la condena social injusta e ilimitada en el tiempo de la que todos los opinadores somos tan culpables como cómplices.
Dra. Mireia Company Alcañiz