ESTOY DE BAJA LABORAL, ¿ME PUEDE FOTOGRAFIAR UN DETECTIVE EN MI JARDÍN? ¿ME PUEDEN DESPEDIR?
ESTOY DE BAJA LABORAL, ¿ME PUEDE FOTOGRAFIAR UN DETECTIVE EN MI JARDÍN? ¿ME PUEDEN DESPEDIR?

ESTOY DE BAJA LABORAL, ¿ME PUEDE FOTOGRAFIAR UN DETECTIVE EN MI JARDÍN? ¿ME PUEDEN DESPEDIR?

Imagínate que estás de baja laboral por cervicalgia. La empresa para la que trabajas no se fía de ti y contrata a un detective privado para que te siga. Quiere saber si tienes cuento o si dices la verdad.

Un día estás en el jardín de tu casa y te pones a hacer trabajos de esfuerzo en tu huerto. Y, ¡sorpresa! El detective que está al acecho inmortaliza el momento.

El detective entrega el informe con el material fotográfico a la empresa que lo utiliza para fundamentar el despido disciplinario. La decisión es firme, te vas a la calle.

Pero, ¿me pueden despedir por unas imágenes tomadas en mi propiedad privada como es el jardín? Esta pregunta la ha resuelto el Tribunal Supremo.

En primer lugar, el Tribunal recuerda la habilitación de los detectives para realizar las averiguaciones necesarias para obtener y aportar pruebas sobre conductas privadas, incluidas las del ámbito laboral. No obstante, pone un límite al excluir aquéllas que se realicen en los domicilios o lugares reservados.

La línea roja son el domicilio o los lugares reservados

Tras esta afirmación, continúa señalando que al jardín del domicilio privado del trabajador tan sólo se puede entrar con su consentimiento o mediante resolución judicial al tratarse de un espacio donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar. Por lo tanto, este espacio requiere de una expectativa legítima de privacidad.

Aunque al jardín no es considerado domicilio en sentido estricto, entra sin problemas dentro del concepto de otros lugares reservados. Y, precisamente estos tienen la consideración de “reservados” al precisar del consentimiento del titular para que pueda entrar un tercero.

Por último, señala, además, que el jardín del trabajador no es visible para cualquiera que pase por su proximidad.

Por todo ello, determina que la prueba basada en el reportaje fotográfico de un detective, realizado en el interior del jardín privado del trabajador, vulnera el derecho a la intimidad y, en consecuencia, no puede constituir la base de un despido disciplinario.

Dra. Mireia Company Alcañiz